MsNotifica ya es integrable con tu software

Nueva Funcionalidad de Enlace con Aplicaciones Externas Mediante Webhook en MsNotifica

Introducción

MsNotifica ha lanzado una nueva funcionalidad que permite la integración con aplicaciones externas a través de webhooks. Esta funcionalidad es opcional y requiere un contrato adicional para su activación. Con esta mejora, MsNotifica puede enviar datos y adjuntos de notificaciones recogidas a un webhook externo.

Activación de la Funcionalidad

Para activar esta nueva funcionalidad, se debe acceder a la configuración de MsNotifica, marcar la casilla correspondiente y especificar la URL del webhook al que se desea enviar las notificaciones recogidas.

Funcionamiento del Webhook

Una vez activada, cada vez que se recoja una notificación, MsNotifica enviará un POST a la URL especificada. Este POST incluirá un JSON con metadatos de la notificación y un archivo ZIP en base64 con los adjuntos. A continuación, se muestra un ejemplo del JSON enviado:

El webhook debe responder con un código de estado 200 OK para confirmar la recepción exitosa de la notificación.

Novedades Visuales en MsNotifica

La integración de los webhooks también ha traído varias novedades visuales a la pantalla principal de MsNotifica:

  • Nueva Columna ‘Webhook’: Esta columna muestra un icono de cadena verde cuando el envío al webhook se realiza con éxito. Si el envío falla, el icono se muestra en amarillo y MsNotifica reintentará el envío hasta cinco veces (una vez cada hora). Si finalmente no se puede enviar, el icono se muestra en rojo. Al hacer clic en el icono, se abrirá una ventana con los detalles del envío.

  • Nuevo Botón ‘Enviar a Webhook’: Aunque MsNotifica envía automáticamente las notificaciones tras ser recogidas, este botón permite reenviar una notificación manualmente si es necesario, siempre que no haya ningún envío pendiente para esa notificación.
  • Nuevo Botón ‘Historial Webhook’: Al hacer clic en este botón, se puede ver el historial completo de envíos para todos los buzones.

Ventajas de la Nueva Funcionalidad

Esta nueva funcionalidad de MsNotifica permite una integración fluida con cualquier software que soporte webhooks. Entre sus ventajas destacan:

  • Automatización del Proceso: El envío automático de notificaciones reduce la necesidad de intervención manual.
  • Transparencia y Control: Los indicadores visuales y el historial detallado de envíos permiten un seguimiento preciso y una gestión eficiente de las notificaciones.
  • Flexibilidad y Adaptabilidad: La capacidad de integrar MsNotifica con diversas aplicaciones externas amplía las posibilidades de uso y mejora la interoperabilidad del sistema.

Con esta actualización, MsNotifica se posiciona como una herramienta aún más poderosa y versátil para la gestión de notificaciones electrónicas, facilitando la integración con otros sistemas y mejorando la eficiencia operativa.

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TEJU. Tablón de Edictos Judiciales Único ya en MsNotifica

La reciente actualización de MsNotifica a su versión 1.39 ha incorporado una novedad crucial para la gestión de notificaciones judiciales: la plataforma TEJU (Tablón Edictal Judicial Único). Este avance representa un significativo paso adelante en la digitalización y eficiencia de los procesos judiciales. A continuación, detallaremos cómo funciona esta innovadora plataforma, qué contenidos ofrece, y cómo facilita la gestión de edictos judiciales.

¿Qué es TEJU?

TEJU es una plataforma digital incorporada en la última actualización de MsNotifica. Se trata de un Tablón Edital Judicial Único diseñado para centralizar y simplificar el acceso a notificaciones judiciales de forma digital. Esta iniciativa responde a la necesidad de modernizar y hacer más eficiente la gestión de notificaciones judiciales, eliminando las barreras físicas y temporales que tradicionalmente han complicado este proceso.

¿Cómo funciona TEJU?

TEJU está integrado directamente en la plataforma de MsNotifica, lo que significa que los usuarios pueden acceder a él a través de la aplicación con facilidad. Esta plataforma permite a los usuarios consultar de manera centralizada las notificaciones judiciales que les conciernen, ya sean abogados, procuradores, o ciudadanos interesados en seguir el estado de sus procesos judiciales.

El funcionamiento de TEJU se basa en la digitalización y centralización de los tablones edictales, que anteriormente se encontraban dispersos y eran de difícil acceso. Ahora, gracias a TEJU, todos estos documentos están disponibles en línea, lo que facilita la consulta y seguimiento de los mismos.

Contenidos disponibles en TEJU

La plataforma TEJU ofrece acceso a una amplia gama de contenidos judiciales, incluyendo pero no limitándose a:

  • Notificaciones de procedimientos judiciales.
  • Citaciones y edictos emitidos por los tribunales.
  • Publicaciones oficiales relacionadas con los procesos judiciales.
  • Resoluciones y sentencias de interés público.

TEJU en MsNotifica

Con la nueva actualización de MsNotifica, tras finalizarla y abrir la aplicación, nos va a aparecer el siguiente mensaje:

Este mensaje nos pregunta si queremos habilitar el nuevo Tablón de consulta TEJU, para que MsNotifica busque en las notificaciones en sus buzones.

Este mensaje aparecerá, siempre al inicio de MsNotifica a no ser que pulse en las opciones “Si” y “No, y no preguntar más”.

También puede activarse o desactivarse de forma manual si accedemos al menú Configurar, y nos desplazamos a la pestaña Tablones:

Marcando el check o desmarcándolo queda activado o desactivado ese Tablón. Estando Activo veremos dentro de Tablones una nueva pestaña llamada T.E.J.U.

Contenidos disponibles en TEJU

La plataforma TEJU ofrece acceso a una amplia gama de contenidos judiciales, incluyendo pero no limitándose a:

  • Notificaciones de procedimientos judiciales.
  • Citaciones y edictos emitidos por los tribunales.
  • Publicaciones oficiales relacionadas con los procesos judiciales.
  • Resoluciones y sentencias de interés público.

Beneficios de usar TEJU en MsNotifica

La incorporación de TEJU en MsNotifica ofrece múltiples beneficios para los usuarios, entre los que se destacan:

  • Acceso centralizado: TEJU elimina la necesidad de consultar múltiples fuentes para acceder a notificaciones judiciales.
  • Eficiencia y ahorro de tiempo: La digitalización de los tablones edictales simplifica la gestión de notificaciones, ahorrando tiempo valioso para los profesionales del derecho y los ciudadanos.
  • Mayor transparencia: La disponibilidad en línea de los documentos judiciales contribuye a una mayor transparencia en el proceso judicial.
  • Aumenta la rentabilidad de tu asesoría: Puedes vender el servicio de gestionar las notificaciones electrónicas de TEJU a tus clientes y podrás aumentar los ingresos de tu asesoría de una forma muy rápida y sencilla.

Conclusión

La actualización 1.39 de MsNotifica marca un hito en la digitalización de los procesos judiciales, con la introducción de la plataforma TEJU. Esta innovación no solo facilita el acceso a notificaciones y documentos judiciales sino que también promueve la eficiencia y la transparencia en el manejo de los mismos. MsNotifica continúa así su compromiso con la innovación y el soporte a sus usuarios, ofreciendo soluciones tecnológicas avanzadas para la gestión de comunicaciones y notificaciones oficiales.

Para más información sobre cómo utilizar TEJU y otros recursos de MsNotifica, los usuarios pueden consultar el Manual de Ayuda actualizado, disponible en la aplicación, y visitar el canal de YouTube de Microdata para acceder a tutoriales detallados. MsNotifica demuestra una vez más su liderazgo en la provisión de soluciones tecnológicas para la gestión de notificaciones judiciales y administrativas, simplificando y mejorando los procesos para todos los implicados.




Estados posibles de las notificaciones electrónicas obligatorias

Cuando hablamos de notificaciones electrónicas, nos referimos a aquellas notificaciones que recibimos por parte de las Administraciones Públicas u otros organismos y que se hace de manera electrónica o telemática (no en formato físico).

Estas se pueden recibir a través de las plataformas habilitadas para ello o a través de SMS.

Con los años, este tipo de notificación está tomando mayor repercusión y está siendo más utilizada. Tras su envío, podemos encontrarlas en distintos estados.

Posibles estados de las notificaciones electrónicas

Las notificaciones electrónicas, cuando se observan en la plataforma de recepción, pueden encontrarse en varios estados. Por ejemplo, en la Dirección Electrónica Habilitada Única, las notificaciones pueden tener estos estados:

  • Puesta a Disposición: Cuando el interesado ha recibido la notificación en el buzón. Ya está disponible para ser aceptada, leída o rechazada.
  • Leído: Cuando el interesado accede a la notificación y la lee correctamente.
  • Rechazado: Cuando el interesado decide no leer la notificación de manera expresa. La rechaza.
  • Rechazado de forma automática: Cuando han pasado los 10 días naturales de plazo establecidos por la ley y la notificación no ha sido leída ni rechazada por el interesado.

Con MsNotifica puedes consultar todos los estados desde el mismo programa sin necesidad de acceder a las diferentes plataformas y tener que cambiar de CIF ni de usuario.

Certificaciones de las notificaciones practicadas

Las notificaciones electrónicas necesitan ir acompañadas de documentos que certifiquen que la comunicación ha sido realizada. Esto es lo que se denomina una notificación fehaciente. Así, en estos casos se genera una certificación electrónica de las notificaciones que han sido practicadas a través de estos medios.

Por tanto, una certificación es el documento electrónico que crea la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, mediante el cual se acreditan varios puntos necesarios para ser considerada fehaciente: las identidades de emisor y receptor, el contenido íntegro de la comunicación, y la fecha y hora, tanto del envío como de la aceptación o rechazo de la misma.

Así pues, estos son los datos que aparecen en cualquier certificado electrónico de las notificaciones emitidas:

  • Identidad del Organismo Emisor de la notificación.
  • Identidad del receptor de la comunicación.
  • Procedimiento para el que se notifica.
  • Identificador de la notificación que haya establecido el Organismo Emisor.
  • Huella digital del contenido de la notificación.
  • Fecha y hora de la puesta a disposición.
  • Certificado que haya utilizado el receptor al acceder a la notificación.
  • Fecha y hora en que la notificación haya sido aceptada.
  • Firma electrónica del receptor al acceder a la notificación.
  • Firma electrónica de la certificación digital que emite la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.

¿Cómo se obtiene la certificación de las notificaciones practicadas electrónicamente?

La obtención de una certificación digital de estas notificaciones electrónicas es muy sencilla. Dentro del propio buzón de la Dirección Electrónica Habilitada es posible descargarse dicha certificación en un formato XML.

Para conseguir esta descarga, bastará con seleccionar el icono de descarga de certificación. Así, aparecerá el contenido de la certificación de manera textual para poder descargarlo. Una vez descargado este fichero se tendrá que cargar en la pestaña de “Carga Certificación”.

Cuando se cargue dicho fichero, ya se generará una certificación en formato PDF, en la que se incluirá el Código de Verificación Electrónica (CVE), el cual será válido hasta 30 días después de la generación del fichero en PDF.

Este Código de Verificación Electrónica es un código de seguridad que sirve para asociar de manera unívoca cada copia en papel de una certificación con su documento electrónico original. Por tanto, sirve para que un tercero pueda comprobar su validez introduciendo simplemente el CVE en la opción de “Verificación de Certificaciones” que ofrece la DEHú.

Si buscas una herramienta que te ayude a gestionar las notificaciones electrónicas, regístrate en una de nuestras demos gratuitas y nuestros expertos te explicarán al detalle el funcionamiento de MsNotifica, y resolverá todas tus dudas.




Mejoras incorporadas a MsNotifica

Actualización de la interfaz de MsNotifica

La nueva versión de MsNotifica incluye una actualización del entorno del programa, actualizando toda la interfaz para mejorar la usabilidad e integrando la optimización de los procesos, reduciendo el tiempo de respuesta y mejorando la velocidad.
Con esta actualización, podrá disfrutar de un programa más moderno, ágil y eficiente, que le facilitará la gestión de sus notificaciones.
Cuando hace más de un año comenzamos a trabajar en esta nueva versión, a repensar lo que debía ser Microdata en los tiempos que vivimos, quedó patente desde la primera reunión que el eje sobre el que debía pivotar todo el rediseño era el cliente, con sus intereses, sus necesidades y sus aspiraciones. Esperamos que esta información le sea útil y que disfrute de las mejoras que hemos preparado para usted. Si tiene alguna consulta o sugerencia, no dude en contactarnos.

Ordenación de buzones

Se mejora la visualización de buzones, permitiendo al usuario ordenarlos por las diferentes columnas mostradas (Nombre, CIF y notificaciones pendientes).

Pulsando cada una de las cabeceras, ordena ascendente o descendentemente los buzones.

Facturación de buzones.

Se limita la información de la facturación de los buzones, tanto en la instalación, como en la creación de buzones, a la ya recogida por Administración.
Desaparecen apartados para modificar la facturación de un buzón, solicitud de números de cuenta, etc.

Mejoras y Optimización de procesos.

Se optimiza la velocidad de los procesos que realiza MsNotifica, además de incluir múltiples mejoras de rendimiento en los procesos de asignación de emails a buzones creados, sincronización con Agenda y MsArchivo, posición del foco tras la recogida de notificaciones, etc

Actualizaciones en Junio de 2023

Junio trae novedades en MsNotifica. Estas novedades son:

  • Se guardan los envíos en el historial de MsExpress.
  • Se puede configurar el mensaje a enviar por plataforma.
  • Se puede configurar el mensaje a enviar por idioma.
  • Se puede enviar emails, SMS o publicar en web.
  • El texto enviado se puede personalizar con variables.

Puedes ver documento de Actualización.

Puedes visualizar además el siguiente vídeo en el que explicamos estos cambios:

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Nuevas plataformas y organismos añadidos

Hemos ampliado nuestra conectividad con nuevas plataformas, como DEHú, euskadi.eus, ebizkaia.eus, eNotum y la Junta de Andalucía. Esto nos permite ofrecer un servicio más completo y adaptado a las necesidades de nuestros usuarios. Durante 2023 iremos incluyendo nuevas plataformas que completen los casi 10.000 organismos que ya monitorizamos desde MsNotifica.

Además, hemos agregado nuevos servidores para la plataforma TyB (Tablones y Boletines), como BOP_GR, BOP_P, BOAUT_ARA, BOP_TF, BOP_V, BOP_BI y BOP_SE, entre otros. Esto nos permite mejorar la velocidad y eficiencia de nuestro servicio.

En la plataforma DGT, hemos añadido la posibilidad de utilizar el certificado del almacenamiento de Windows, lo que nos permite ofrecer una mayor seguridad y comodidad a nuestros usuarios.

¿Cómo visualizar todas las plataformas dadas de alta para notificaciones electrónicas?

Añadimos a la aplicación MsNotifica una nueva utilidad para poder visualizar todas las notificaciones de todas las plataformas juntas, accediendo a la plataforma del asterisco «*». De esta manera podremos ver todas las notificaciones de todos nuestros buzones seleccionando en la izquierda en los buzones «Todos» y la plataforma *.

Buzones – Baja y borrado masivo de buzones.

Dentro del menú Buzones dispondremos de un botón de Baja masiva que nos permitirá dar de baja buzones masivamente, además de poder eliminar los buzones, los certificados y los sujetos asociados a esa empresa.

Al seleccionar los buzones, en la parte inferior de la ventana tenemos:
La opción de una vez seleccionados los buzones que queremos dar de baja filtrar por estos para de esta forma ver de forma mas clara la selección de buzones que hemos realizado.
Tenemos el botón «Dar de baja», en el cual comenzaremos el proceso de baja y o borrado del buzón.

Para terminar el proceso de baja / eliminación, si no se selecciona ninguna el buzón solo se dará de baja, si seleccionamos las opciones:
• Marcando la primera opción eliminaremos el buzón por completo, con la consiguiente perdida de historial.
• Marcando la segunda forzaremos la eliminación del certificado si borramos el buzón.
• Si marcamos la tercera forzaremos la eliminación del sujeto asociado.
Para finalizar y terminar el proceso pulsamos en el botón «Proceder».

Configuración – Envío de avisos email automáticos.

Dentro de configuración podemos activar el envío automático de avisos email. De esta forma, al descargar una notificación, automáticamente se enviará un email con un texto que podemos configurar nosotros mismos y a la dirección de correo que tenga configurada ese buzón.

También hemos realizado mejoras en el envío de correos electrónicos, permitiendo la creación de plantillas para el cuerpo del correo y un formato más descriptivo del asunto. Además, hemos mejorado el mantenimiento de buzones, permitiendo el acceso a Sujetos.

Actualización WebServices con Seguridad Social.

Debido al nuevo cambio normativo, se ha procedido a la actualización de los webservices de conexión con Seguridad Social, para mejorar la consulta y descarga de notificaciones de esta plataforma. Para mas información, puede consultar el cambio normativo en el siguiente enlace: https://www.boe.es/boe/dias/2021/03/05/pdfs/BOE-A-2021-3421.pdf




Personas habilitadas y acceso al contenido de las notificaciones obligatorias

Personas habilitadas para acceder a las NEO.

El acceso a las notificaciones obligatorias electrónicas que pueden emitir las Administraciones Públicas queda reservado, por un lado, a los titulares de las mismas y, por otro lado, a los llamados apoderados.

Así pues, las personas habilitadas no son, ni más ni menos, que las personas obligadas a recibir dichas notificaciones a través de medios electrónicos. En el caso de la AEAT, éstas serían las siguientes:

  • Las personas jurídicas y las entidades sin Personalidad Jurídica (incluidas comunidad de bienes, herencias yacentes y comunidades de propietarios)
  • Quienes ejerzan una actividad profesional para que le requieran ser colegiados.
  • Aquellos que representen a un interesado que esté obligado a recibir notificaciones electrónicas. •Los empleados de las Administraciones Públicas.
  • Los contribuyentes inscritos en el Registro de Grandes Empresas.
  • Los contribuyentes que tributen en el Régimen de Consolidación Fiscal del Impuesto sobre Sociedades.
  • Los contribuyentes que tributen en el Régimen especial del Grupo de Entidades del IVA. •Los contribuyentes inscritos en el Registro de Devolución Mensual de IVA (REDEME).
  • Los contribuyentes que estén autorizados a presentar declaraciones aduaneras a través del sistema de transmisión electrónica de datos (EDI).
  • Por su parte, los apoderados son aquellos que actúan como representantes de los titulares.

Puedes conocer más sobre la obligación de las notificaciones electrónicas en la Agencia Tributaria accediendo al texto del Real Decreto que las regula:

Real Decreto 1363/2010, de 29 de octubre, por el que se regulan supuestos de notificaciones y comunicaciones administrativas obligatorias por medios electrónicos en el ámbito de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

¿Cómo acceder al contenido de las notificaciones electrónicas?

La forma más sencilla de acceder a las notificaciones electrónicas es a través de nuestro programa MsNotifica, descubre en este video cómo funciona:

No obstante, si prefieres seguir con el método tradicional, existen tres formas para poder acceder al servicio de notificaciones electrónicas:

  • Certificado Digital
  • DNI electrónico
  • Clave PIN

Una vez sabiendo de qué manera el interesado se va a identificar, es el momento de acceder a dicho servicio. Para ello, hay que acceder a la Sede Electrónica de la AEAT. Allí, se entra en el apartado “Mis notificaciones” y se ha de seleccionar “Acceso a notificaciones y comunicaciones de la AEAT”, donde el interesado debe identificarse en alguna de las tres maneras especificadas anteriormente. Una vez el interesado ha accedido al portal ya debidamente identificado, es posible elegir entre tres opciones de consulta:

  • Notificaciones electrónicas mediante comparecencia electrónica en sede
  • Consulta de notificaciones consideradas notificadas •Consulta de comunicaciones emitidas

Así, para poder leer las notificaciones que le han sido enviadas al interesado hay que hacer clic en “Consulta de comunicaciones emitidas”. Si se quieren leer las notificaciones relacionadas a un ejercicio y mes concreto, bastará con seleccionar en los desplegables que aparecen tanto el ejercicio fiscal como el mes de emisión y, a continuación, darle a “Consultar”. Así, aparece el listado de notificaciones emitidas en dicho ejercicio fiscal y mes. En este listado ya se puede seleccionar la notificación que el interesado

Para leer el contenido de la notificación, se ha de hacer clic en el “Nº Comunicación” que aparece a la izquierda en el listado y hacer clic en “Ver Comunicación” cuando se despliega la siguiente pantalla.

Para una persona física o una empresa sin demasiado movimiento, puede valer con este tipo de gestión, pero qué ocurre cuando tenemos que gestionar multitud de CIF´S y monitorizar infinidad de organismos. La solución es MsNotifica. Lo tendrás funcionando en menos tiempo del que crees y deja que nuestro software de automatización de notificaciones electrónicas trabaje por ti.


Descubre cómo funciona el programa de automatización de notificaciones electrónicas más completo.




Dirección electrónica habilitada y análisis de la problemática derivada del procedimiento de asignación

La Dirección Electrónica Habilitada (DEH) es una plataforma que actúa como un buzón electrónico que le sirve a cualquier persona física o jurídica para recibir vía telemática las notificaciones que emiten las diversas Administraciones Públicas.

De este modo, llega de nuevo a la utilización de un sistema innovador de notificaciones electrónicas: la Dirección Electrónica Habilitada. Pero con ello le surge una duda, y es que en muchas ocasiones las notificaciones que envían son a autónomos o personas jurídicas, como empresas. La mayoría de estos casos trabajan con asesores fiscales encargados de, hasta ahora, recibir y gestionar este tipo de notificaciones. ¿La DEH también permite a los asesores acceder a estas notificaciones electrónicas como representantes?

Puedes ver cómo es el registro en la DEH y la suscripción a los procedimientos de la AEAT en el siguiente vídeo: Notificaciones electrónicas – Registro en la DEH y suscripción a procedimientos de la AEAT.

El acceso a las notificaciones emitidas a través de esta plataforma lo tienen el titular de la notificación o el representante del mismo. Cuando un representante es el encargado de acceder a las notificaciones de un interesado se llama apoderamiento.

En estos casos, el interesado ha de contactar con el organismo que emite las notificaciones para autorizar a su representante, ya sea una persona física o jurídica. Para poder acceder a las mismas se necesita un certificado electrónico.

Cuando existe apoderamiento, el apoderado en cuestión no tiene acceso a todo el buzón de su representado, sino únicamente a aquellas notificaciones a las que se le ha autorizado. De este modo, al ingresar el interesado en su Dirección Electrónica Habilitada verá una pestaña extra llamada “Autorizadas”, en las que aparecerán todas estas notificaciones de las que tenga apoderamiento.

Análisis de las consecuencias jurídico-fiscales que se pueden derivar del recurso interpuesto por la Asociación Española de Asesores Fiscales contra el RD 1363/2010

El Real Decreto 1363/2010, de 29 de octubre, es un texto que regula las notificaciones y comunicaciones administrativas obligatorias de la Agencia Estatal de Administración Tributaria a través de medios electrónicos.

Así, se establece que los medios electrónicos han de ser los preferentes de las comunicaciones entre las diversas Administraciones Públicas. Del mismo modo, se obliga a que tanto personas físicas como jurídicas se relacionen con dichas Administraciones Públicas a través de estos medios electrónicos.

Este Real Decreto suscitó algunas controversias, especialmente en asociaciones y profesionales fiscales que no veían con buenos ojos la implantación de un sistema que obligue a los interesados a recibir notificaciones a través de medios electrónicos.

De manera general, fueron muchos los motivos que hacían que profesionales se posicionaran en contra: por ejemplo, que había una posible extralimitación del reglamento respecto a la ley que le amparaba, que pasados 10 días desde la emisión se entendieran ya como notificados, o que se dudaba de que todos los sujetos obligados a recibir dichas notificaciones electrónicas tuvieran facilidad o disponibilidad para acceder a esos medios electrónicos.

Finalmente, la Asociación Española de Asesores Fiscales interpuso un recurso contra dicho Real Decreto, cuestionando la legalidad del mismo. Con este recurso se solicitaba la anulación del mismo, alegando tres móviles principales:

  • Falta de Cobertura legal
  • Vulneración
  • Infringe la Ley 11/2007

Cabe destacar que otros de los motivos señalados son que este Real Decreto no establece ninguna norma relacionada a la protección de datos y que, además, este nuevo modelo le impone a los ciudadanos la obligación de asumir una serie de consecuencias técnicas provocadas por la instalación que necesitan los medios electrónicos.

El Tribunal Supremo desestimó dicho recurso y es que alega lo siguiente:

En cuanto al primer móvil, el Tribunal Supremo considera que no hay tal falta de cobertura legal, ya que se procede a la aplicación de la Ley Administrativa 11/2007. Por otro lado, en lo relacionado al tercer móvil, el Tribunal Supremo señala que carece de razonamiento el querer impugnar la vulneración de los principios que aparecen en el Real Decreto.

Asimismo, no acepta que se considere de imposible cumplimiento la condición técnica de tener conexión a Internet. Tampoco acepta que se infrinja la ley, sino que simplemente se muestran dos modos distintos de llevar a cabo las notificaciones tributarias: uno, el que se encuentra en la LGT (Ley General Tributaria) y, el otro, el que se establece en el Real Decreto que ha sido impugnado.

En la actualidad, es más común el uso de la plataforma DEHú a la de DEH.

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Informes periciales en relación con las notificaciones electrónicas

Qué son los informes periciales

Los informes periciales son documentos elaborados por expertos en un campo específico, conocidos como peritos o expertos forenses, con el propósito de proporcionar análisis, evaluaciones, conclusiones y opiniones técnicas y especializadas sobre cuestiones que requieren conocimientos especializados. Estos informes se utilizan en una variedad de contextos legales, técnicos y científicos para respaldar y esclarecer decisiones judiciales, administrativas o empresariales.

Los informes periciales suelen abordar asuntos complejos que están más allá del conocimiento general y que requieren la experiencia y el entendimiento profundo de un experto en un campo particular.

Los informes periciales suelen seguir una estructura específica que incluye la descripción de los antecedentes del caso, la metodología utilizada para realizar el análisis, los hallazgos, las conclusiones y las recomendaciones del perito. Estos informes son presentados ante tribunales, comités de arbitraje, organizaciones reguladoras u otras instancias relevantes para respaldar los argumentos presentados y proporcionar una opinión experta e imparcial.

Es importante que los informes periciales sean objetivos, basados en evidencia y que el perito esté calificado y tenga experiencia en el área pertinente. Estos informes desempeñan un papel fundamental en el proceso de toma de decisiones en contextos legales y técnicos, ya que ayudan a proporcionar claridad y comprensión en temas complejos.

Tipos de informes periciales

Algunos de los campos en los que se elaboran informes periciales incluyen:

  • Medicina Forense: Evaluación de pruebas médicas y científicas en casos criminales para determinar causas de muerte, lesiones, etc.
  • Ingeniería: Análisis de fallas en estructuras, productos o sistemas técnicos, como accidentes de tráfico, colapsos de edificios, etc.
  • Contabilidad y Finanzas: Investigación de fraudes, valoración de activos, análisis de registros financieros en casos de litigio.
  • Tecnología de la Información: Análisis de ciberataques, recuperación de datos, evaluación de sistemas informáticos, etc. Estos son los informes relacionados con las notificaciones electrónicas.
  • Psicología Forense: Evaluación de la salud mental en contextos legales, como determinar la competencia de un acusado para ser juzgado.
  • Derecho: Interpretación de leyes y regulaciones en casos complejos o en los que se requiere una opinión legal especializada.
  • Ciencias Ambientales: Evaluación de impactos ambientales, contaminación, análisis de muestras de suelo o agua, etc.
  • Arquitectura y Construcción: Análisis de defectos en construcción, valoración de daños en propiedades, etc.

Un informe pericial en relación con las notificaciones electrónicas es un documento elaborado por un perito con conocimientos especializados en tecnología, derecho o ambas áreas, con el propósito de analizar y evaluar aspectos relacionados con el proceso de notificaciones electrónicas. Estas notificaciones se refieren a comunicaciones oficiales que las entidades gubernamentales, organizaciones y empresas envían a través de medios electrónicos en lugar de métodos tradicionales, como el correo postal.

Características de los informes periciales

El informe pericial puede abordar una variedad de temas relacionados con las notificaciones electrónicas, como:

  • Autenticidad y Integridad: El perito podría analizar si las notificaciones electrónicas son auténticas y si la información contenida en ellas no ha sido modificada de manera indebida.
  • Seguridad: Se evaluaría si los sistemas utilizados para enviar y recibir notificaciones electrónicas son seguros y cumplen con los estándares de seguridad requeridos para proteger la privacidad y la confidencialidad de la información.
  • Cumplimiento Legal: El informe podría verificar si las notificaciones electrónicas cumplen con los requisitos legales y reglamentarios establecidos en la legislación aplicable.
  • Tiempos y Fechas: El perito podría analizar si las notificaciones electrónicas se envían y reciben dentro de los plazos establecidos y si las fechas y horas son fidedignas.
  • Proceso de Entrega: Se podría examinar cómo se garantiza la entrega efectiva de las notificaciones electrónicas al destinatario y si existen mecanismos de confirmación de recepción.
  • Accesibilidad: El informe podría evaluar si las notificaciones electrónicas son accesibles para personas con discapacidades y si se cumplen las regulaciones de accesibilidad.
  • Evidencia Digital: En casos legales o judiciales, el perito podría analizar si las notificaciones electrónicas pueden ser utilizadas como evidencia válida y confiable.
  • Firma Electrónica: Si es relevante, el informe podría verificar la validez y autenticidad de las firmas electrónicas utilizadas en las notificaciones.
  • Proceso de Notificación: El perito podría examinar todo el proceso, desde la generación de la notificación hasta su entrega y registro, identificando posibles vulnerabilidades o deficiencias.

Es importante que el informe pericial sea imparcial, basado en evidencia y siga las pautas y estándares establecidos para la elaboración de informes periciales. El perito debe poseer conocimientos sólidos en las áreas pertinentes y tener experiencia en la evaluación de sistemas electrónicos, seguridad de la información y aspectos legales relacionados con las notificaciones electrónicas. El informe pericial puede ser utilizado en procedimientos judiciales, arbitrajes o procesos administrativos donde la validez y la autenticidad de las notificaciones electrónicas sean cuestionadas.

Entonces, cuando hablamos de notificaciones electrónicas debemos hablar de un perito informático. Éste es un profesional que es experto en cualquiera de las diversas áreas de especialización que conforman la informática y las nuevas tecnologías.

De hecho, este sector suele ser especialmente necesario y muy requerido por los órganos judiciales, y es que la evolución es tan rápida que puede afectar a la interpretación de las leyes y su aplicación.

Ocurre lo mismo, por tanto, con las notificaciones electrónicas. Han supuesto un cambio casi radical en la manera que tienen las organizaciones públicas de comunicarse con los interesados, y por tanto ha cambiado el escenario en el que antes se movían.

En estos casos, cuando surge algún problema con una notificación electrónica y éste necesita de un peritaje, podemos recurrir a un perito informático que realice un informe pericial informático sobre correos electrónicos.

Para ello, se deben distinguir dos tipologías en los correos electrónicos que deben peritarse, y que pueden ser más o menos complejos:

  1. Correos electrónicos enviados o recibidos.
  2. Servidor en el que se almacenan los correos electrónicos.

Descubre cómo funciona el programa de automatización de notificaciones electrónicas más completo.

Si necesitas gestionar multitud de notificaciones electrónicas y buscas una herramienta que te ayude con su gestión, MsNotifica es lo que estás buscando. Inscríbete en una demo gratuita y un experto resolverá todas tus dudas mientras te explica su funcionamiento.




Marco jurídico de las notificaciones

Legislación notificaciones electrónicas

La notificación, así como el acto de notificar, también están recogidos dentro un marco jurídico que vela por su cumplimiento en la Administración Pública. Así pues, la notificación electrónica y en papel están reguladas por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Estos términos quedan regulados en el Capitulo II, del artículo 40 al 43.


Según la normativa vigente, el acto de notificación ha de tener en cuenta los siguientes aspectos:

  • El órgano que se encargue de dictar las resoluciones y actos administrativos deberá notificarlos a los interesados cuyos derechos e intereses se vean afectados pos los mismos.
  • Toda notificación deberá ser cursada dentro del plazo de 10 días a partir de la fecha en que el acto haya sido dictado. Deberá contener el texto íntegro de la resolución, indicando si pone fin o no a la vía administrativa, la expresión de los recursos que procedan, el órgano ante el que hubieran de presentarse y el pazo para interponerlos.
  • Las notificaciones que, aún teniendo el contenido íntegro del texto, omitan alguno de los requisitos anteriores, surtirán efecto a partir de la fecha en la que el interesado realice actuaciones que demuestren el conocimiento del contenido.
  • Será suficiente la notificación que contenga, al menos, el texto íntegro de la resolución y el intento de notificación debidamente acreditado.
  • Las Administraciones Públicas están autorizadas a adoptar las medidas que consideren oportunas para la protección de los datos personales que aparezcan en las resoluciones y otros actos administrativos, cuando estos tengan por destinatarios a más de un interesado.

Condiciones para la práctica de las notificaciones.

La Administración Pública, a la hora de notificar, ha de seguir las condiciones marcadas por el marco jurídico actual. Un marco jurídico que dictamina que “las notificaciones se practicarán preferentemente por medios electrónicos y, en todo caso, cuando el interesado resulte obligado a recibirlas por esta vía”.

A pesar de esta afirmación, existe la posibilidad de practicar las notificaciones por medios no electrónicos si se cumple alguna de las siguientes condiciones:

  • Cuando la notificación se realice con ocasión de la comparecencia espontánea del interesado en las oficinas de asistencia en materia de registro y solicite la comunicación o notificación personal en ese momento.
  • Cuando resulte necesario practicar la notificación por entrega directa de un empleado público de la Administración notificante.


  • Aquellas en las que el acto a notificar esté acompañado de elementos que no puedan convertirse en formato electrónico.
  • Aquellas que contengan medios de pago a favor de los obligados (cheques, por ejemplo).

Las Administraciones pueden establecer la obligación de practicar electrónicamente algunas notificaciones. De este modo, el interesado podrá facilitar una dirección de correo electrónico y/o un dispositivo electrónico que servirán para que se le envíen los avisos regulados.


Eso sí, independientemente de que la notificación se haga a través de papel o por medios electrónicos, las Administraciones Públicas han de enviar un aviso a cualquier de los medios facilitados (dirección de correo electrónico y/o dispositivo electrónico). Así, se le informará al interesado de la puesta a disposición de una notificación en la sede electrónica del Organismo o Administración correspondiente.

Si el interesado es notificado por distintos cauces o medios, siempre se tomará como fecha de notificación aquella que se haya producido en primer lugar.

También es posible que en ocasiones se requieran informes periciales de notificaciones electrónicas, en caso de necesitar pruebas fehacientes de que la comunicación ha sido realizada.

Notificaciones a través de medios electrónicos

La ley ha establecido que la mayoría de notificaciones que deban hacer las Administraciones Públicas se hagan a través de medios electrónicos. Así pues, las notificaciones por medios electrónicos deberán practicarse mediante comparecencia en la sede electrónica de la Administración u Organismo actuante. Es decir, el acceso por el interesado (o su representante) debidamente identificado al contenido de la notificación.

Estas notificaciones electrónicas se entenderán practicadas desde el momento en que se produzca el acceso a su contenido. Por el contrario, se entenderá como rechazada si la notificación es electrónica por obligación (o así haya sido elegido por el interesado) y hayan transcurrido 10 días desde la notificación sin que se haya accedido a su contenido.

Los interesados podrán acceder a las notificaciones desde el Punto de Acceso General electrónico de la Administración, el cual funcionará como un portal de acceso.

Notificación infructuosa

En el artículo 44 también se recoge lo que se denomina una notificación infructuosa. Esto ocurre cuando una notificación debe hacerse a través de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), si los interesados de la notificación son desconocidos, se ignora el lugar de la notificación o si al intentarlo no se ha podido realizar dicha notificación.


  • Publicar un anuncio en el boletín oficial de la comunidad autónoma o provincia correspondiente.
  • Publicar un anuncio en el tablón de edictos del ayuntamiento del último domicilio del interesado.
  • Publicar un anuncio en el tablón de edictos del consulado o sección consular de la embajada correspondiente.

Notificaciones en la Administración Pública

La Administración ha hecho una apuesta por la vía telemática para su comunicación, constatada con la aprobación de la Ley 39/2015 del 1 de Octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, aunque también puede llevar a cabo la notificación mediante SMS.

En ella, se incluye como principal novedad la sustitución del método tradicional de notificación con papel y acuse de recibo por la notificación de modalidad electrónica, a través de la comparecencia en el Organismo o la Administración actuante y mediante el acceso del interesado o su representante.

Esta ley establece también que cualquier notificación administrativa debe ser cursada en el plazo máximo de diez días desde que el acto ha sido dictado, y debe reflejar el texto completo de la resolución, haciendo referencia al mismo tiempo de si se da por finalizada o no la vía administrativa que se ha iniciado.


  • Los recursos que pudieran proceder en vía administrativa y/o judicial.
  • El órgano ante el que debieran presentarse esos recursos.
  • El plazo correspondiente para interponerlos.

Esta ley que ahora afecta a las notificaciones en el sector público, debe reunir unas condiciones. Por un lado, el interesado debe primero haber visualizado un aviso en el que se pueda observar la naturaleza de la notificación, en referencia a la actuación administrativa en cuestión.

Así, el sistema informático ha de dejar registrado el acceso de dicha notificación por parte del interesado, dejando constancia de la fecha y la hora en que se ha producido.

El modelo de gestión de las notificaciones electrónicas: Dirección Electrónica Habilitada

El nuevo escenario de notificaciones electrónicas ha provocado la existencia de un buzón para la recepción de las distintas notificaciones electrónicas que emitan por vía telemática las distintas Administraciones Públicas para cualquier persona física o jurídica. Este buzón se llama Dirección Electrónica Habilitada (DEH).

Desde este buzón electrónico, el titular puede suscribirse a aquellos organismos de los que deba recibir algún tipo de notificación. De este modo, dispone de un buzón electrónico para cada uno de ellos y será a través del mismo desde el que recibirá todas sus notificaciones.

Este servicio se ha desarrollado para cumplir todas las garantías de autenticidad, privacidad y confidencialidad, con el fin de proteger la identidad del interesado, así como el contenido y datos que se recogen en las notificaciones. Para poder utilizar el DEH se requiere que el interesado posea un Certificado Digital estándar, el cual puede estar a su nombre o al de la empresa que lo represente.

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Mensajería móvil en la Administración Pública

El sector de las Administraciones Públicas tiene una necesidad básica, y es mantener de manera permanente el contacto con el ciudadano. De este modo, es necesario entender que, al prestar un servicio público como se hace en una Administración Pública, la información que se ha de dar se haga a través de la mayor cantidad de canales de comunicación que se pueda. Por tanto, en la Administración Pública se hace latente la necesidad de comunicar de manera urgente algunas incidencias o hechos que afectan de manera directa a la vida del ciudadano.

Qué son y cómo funcionan las notificaciones electrónicas por SMS

Las notificaciones electrónicas por SMS son mensajes de texto que se envían a través de redes móviles para informar a los usuarios sobre ciertos eventos, actualizaciones o alertas. Estas notificaciones son ampliamente utilizadas por empresas, organizaciones y servicios para comunicarse con sus clientes o usuarios de manera rápida y efectiva. Algunos ejemplos comunes de notificaciones electrónicas por SMS incluyen:

  • Confirmaciones de transacciones: Los bancos y las instituciones financieras utilizan mensajes SMS para enviar confirmaciones de transacciones, como retiros de dinero, transferencias y compras con tarjeta.

  • Códigos de verificación: Muchos servicios en línea utilizan SMS para enviar códigos de verificación como parte del proceso de autenticación en dos pasos (2FA) para aumentar la seguridad de las cuentas.

  • Recordatorios de citas: Los médicos, clínicas y salones de belleza, entre otros, pueden enviar recordatorios de citas a través de SMS para ayudar a los clientes a mantenerse al tanto de sus compromisos.

  • Actualizaciones de estado de pedidos: Las tiendas en línea a menudo envían mensajes SMS para notificar a los clientes sobre el estado de sus pedidos, como confirmación de envío o entrega.

  • Alertas de seguridad: Las empresas y los servicios gubernamentales pueden utilizar SMS para enviar alertas de seguridad, como alertas meteorológicas, alertas de emergencia o notificaciones sobre eventos importantes.

  • Promociones y ofertas: Las empresas también pueden enviar mensajes SMS para informar a los clientes sobre promociones, descuentos y ofertas especiales.

  • Actualizaciones de cuentas: Las redes sociales y los servicios en línea pueden enviar notificaciones por SMS para informar a los usuarios sobre actividad en sus cuentas, como nuevos seguidores, mensajes directos o menciones.

  • Noticias y actualizaciones: Algunas organizaciones de noticias y medios de comunicación utilizan SMS para enviar resúmenes de noticias o actualizaciones sobre eventos importantes.

  • Servicio extra de asesoría: En ocasiones, nuestros clientes pueden solicitarnos ser informados mediante SMS, y este es un servicio que puede ser prestado por una asesoría si cuenta con la herramienta adecuada.

Las notificaciones electrónicas por SMS son efectivas porque la mayoría de las personas llevan sus teléfonos móviles consigo y tienden a leer los mensajes de texto de inmediato. Sin embargo, es importante que las organizaciones obtengan el consentimiento del usuario antes de enviar notificaciones por SMS y también brinden una forma de darse de baja si el usuario decide no recibir más mensajes.

Es importante destacar que la popularidad y el enfoque en la privacidad y la protección de datos han llevado a regulaciones más estrictas en muchos lugares en lo que respecta al uso de notificaciones por SMS. Por lo tanto, las organizaciones deben asegurarse de cumplir con las leyes y regulaciones locales relacionadas con la comunicación electrónica y la protección de datos.

Por tanto, en la Administración Pública se hace latente la necesidad de comunicar de manera urgente algunas incidencias o hechos que afectan de manera directa a la vida del ciudadano.

Pero, así como el SMS supone una solución, también presenta algunas incógnitas que preocupan a las Administraciones Públicas, especialmente en lo que concierne a la garantía de que el ciudadano pueda recibir en tiempo real la notificación, o con el tiempo de antelación requerido.

Para poder garantizar que, efectivamente, el ciudadano recibe la notificación en el momento adecuado, existen plataformas que ayudan a gestionar dicha mensajería móvil, proporcionando a la Administración Pública información sobre el estado del mensaje de texto enviado: si ha sido recibido ya por el ciudadano y exactamente cuándo lo ha recibido.

¿Por qué la mensajería móvil es una buena oportunidad para la Administración Pública?

El teléfono móvil se ha convertido en un elemento indispensable en la sociedad. Hoy en día, es casi imposible encontrar a un ciudadano que no tenga un dispositivo móvil a su alcance, independientemente de las prestaciones del mismo. Por tanto, este nuevo escenario presenta una oportunidad única para estar en contacto con el ciudadano.

Pero la mensajería móvil no sólo es interesante porque permite el contacto, sino porque ofrece otras características que no se pueden encontrar en otros canales de comunicación más tradicionales:

  • Comunicación directa y efectiva: La mensajería móvil permite a las entidades gubernamentales comunicarse directamente con los ciudadanos de manera efectiva. Los mensajes de texto pueden ser entregados de manera rápida y confiable, y más concretamente a ciertas personas habilitadas específicamente con quienes necesitemos ponernos en contacto, lo que facilita la distribución de información importante, alertas, actualizaciones y anuncios.

  • Alcance masivo: La mayoría de las personas tienen teléfonos móviles y reciben mensajes de texto regularmente. Esto proporciona una oportunidad para llegar a un amplio público en poco tiempo. Es especialmente útil para llegar a aquellos que no tienen acceso constante a Internet o redes sociales.

  • Recordatorios y notificaciones: La Administración Pública puede utilizar la mensajería móvil para enviar recordatorios de fechas límite, citas, pagos de impuestos, elecciones y otros eventos importantes. Esto puede ayudar a reducir el incumplimiento y mantener a los ciudadanos informados. Recordar en este punto que existen unos días de cortesía a disposición del ciudadano, por si alguna vez necesita usarlos.

  • Participación ciudadana: La mensajería móvil puede fomentar la participación ciudadana al permitir a los ciudadanos expresar sus opiniones, responder encuestas y proporcionar retroalimentación directa sobre políticas y servicios gubernamentales.

  • Transparencia: Enviar actualizaciones y anuncios a través de mensajes de texto puede aumentar la transparencia al mantener a los ciudadanos informados sobre los acontecimientos y decisiones gubernamentales.

  • Difusión de información de emergencia: Los mensajes de texto son una forma rápida y efectiva de transmitir información de emergencia, como alertas climáticas, desastres naturales, evacuaciones y otros eventos críticos.

  • Ahorro de costos: En comparación con métodos tradicionales de comunicación, como el correo postal, la mensajería móvil puede ser más rentable y eficiente.

  • Personalización: La mensajería móvil permite personalizar los mensajes para dirigirse a audiencias específicas y entregar información relevante según las necesidades individuales.

  • Agilidad y adaptabilidad: En situaciones cambiantes o en evolución, la Administración Pública puede adaptarse rápidamente enviando mensajes de texto para informar a los ciudadanos sobre cambios en las políticas, regulaciones o situaciones.

  • Inclusión digital: La mensajería móvil puede llegar a segmentos de la población que pueden no tener acceso constante a Internet y pueden encontrar serias dificultades a la hora de acceder al contenido de sus notificaciones electrónicas, lo que contribuye a una mayor inclusión digital.

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